El BOE del día 16 de agosto de 2018 publicó el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2018/2019, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, entre los que se encuentran los estudios de Bachillerato.
En el portal del MEFP ya está disponible toda la información relativa a esta convocatoria que incluyen los plazos para la presentación de solicitudes, que para el caso de Bachillerato se extiende desde el 17 agosto de 2018 hasta el 1 de octubre de 2018, así como la ayuda para la cumplimentación del formulario y el acceso al formulario de solicitud.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional recalca en su página web que "dado que para realizar la solicitud de beca se requiere la aportación de determinados datos cuya obtención por parte del solicitante pude suponer realizar ciertas gestiones, se recomienda encarecidamente solicitar la beca con suficiente antelación, de forma que la solicitud pueda estar completada y presentada antes de la finalización del plazo indicado. En caso de no estar presentada en esa fecha, la solicitud no podrá ser tramitada y se perderá el derecho que se pudiera tener a la beca"
BENEFICIARIOS
Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar fijados en el Real Decreto 951/2018, de 27 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2018/2019, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando diversas enseñenzas postobligatorias, entre las que se encuentra Bachillerato.
Requisitos generales para solicitar la beca
Requisitos académicos para solicitar la beca
Requisitos económicos para solicitar la beca
Otros requisitos
Cuantía de las becas
REQUISITOS DE PROCEDIMIENTO
MODELO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios" o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es.
Para acceder a dicho formulario, deberá pulsar el botón "Becas Generales 2018/2019" que hay en la portada de la web.
El alumno deberá registrarse previamente en la Sede Electrónica del Ministerio, si bien hay que tener en cuenta que el registro realizado en cursos anteriores sigue siendo válido para realizar este trámite.
En principio, no habrá que aportar documentación, pues las unidades encargadas de la tramitación (en adelante, unidades de tramitación o unidades de becas) consultarán y obtendrán de la Administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos. Solo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará cuando cumplimente el formulario.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años .con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo 4 de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Los plazos para presentar la solicitud para estudios de Bachillerato se extenderán hasta el 1 de octubre de 2018, inclusive, para los estudiantes no universitarios.
Las solicitudes de beca deberán presentarse, en todo caso, en los plazos indicados en los párrafos anteriores, aunque dichos plazos no coincidan con el plazo de matrícula correspondiente.
No obstante podrán presentarse solicitudes de beca después de los plazos señalados y hasta el 31 de diciembre de 2018 en los casos excepcionales contemplados en el Artículo 48 de la Resolución de la convocatoria.
Además de por el procedimiento previsto por vía telemática, podrán presentarse las solicitudes en los registros, oficinas de correos y oficinas consulares de España.
COMPATIBILIDAD DE LAS BECAS Y AYUDAS
Ningún estudiante podrá percibir más de una beca, aunque realice simultáneamente otros estudios. Las becas convocadas por la Resolución de convocatoria son incompatibles con cualesquiera otros beneficios de la misma finalidad que puedan recibirse de otras entidades o personas públicas o privadas.
INFORMACIÓN SOBRE LA TRAMITACIÓN DE LA BECA
Toda la información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es, que recogerá la situación de tramitación de las solicitudes en cada una de las universidades y administraciones educativas.
Información adicional
Umbrales de renta para la solicitud de becas 2018-2019
Recuérdeme
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